El sistema tributario de Paraguay es reconocido internacionalmente por su simplicidad y baja carga fiscal. Para inversores extranjeros, este marco representa una oportunidad concreta de optimización patrimonial.
Principio de territorialidad
Paraguay solo grava las rentas generadas dentro del territorio paraguayo. Las rentas de fuente extranjera —dividendos, intereses, alquileres o ganancias de capital obtenidas en el exterior— no están sujetas a impuestos en Paraguay.
Esto lo diferencia de sistemas de renta mundial (como los de Estados Unidos o Argentina), donde los residentes tributan sobre todos sus ingresos globales.
Impuestos principales
Aplica a personas físicas residentes. Tasa del 8% sobre rentas del trabajo personal y del 10% sobre rentas del capital y demás fuentes, con mínimo no imponible.
Tasa del 10% sobre la renta neta empresarial. Las empresas de capital extranjero con actividad en Paraguay tributan solo sobre su renta de fuente paraguaya.
Tasa general del 10%. Tasa reducida del 5% para algunos productos básicos y bienes inmuebles.
Muy bajo comparado con estándares regionales.
Sin impuesto a la herencia ni al patrimonio
Paraguay no aplica impuesto a la herencia, donaciones ni patrimonio personal. Esto lo convierte en una jurisdicción interesante para planificación patrimonial internacional.
Convenios de doble imposición
Actualmente Paraguay tiene convenios vigentes con Chile y Uruguay, y está en proceso de negociación con otros países. Para inversores de países sin convenio, la territorialidad opera como mecanismo natural de evitar la doble tributación.
Simplificación del cumplimiento
La administración tributaria (SET) ha avanzado significativamente en digitalización. Los trámites de inscripción, declaración y pago se realizan en línea a través del sistema Marangatu.
Nuestro equipo contable acompaña a empresas e inversores extranjeros en el cumplimiento tributario y la estructuración fiscal óptima.